Patrimonio Natural

Patrimonio Natural

La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial y Natural, aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en su 17ª reunión celebrada en Paris, en 1972. Se establece la Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural, Articulo 2. Donde se considera al Patrimonio Natural … los monumentos naturales constituidos por formaciones físicas y biológicas o por grupos de esas formaciones que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico; las formaciones geológicas y fisiográficas y las zonas estrictamente delimitadas que constituyan el hábitat de especies, animal y vegetal, amenazadas, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico…”.

Monumentos naturales constituidos por formaciones físicas y biológicas

Formaciones que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico.

Zonas delimitadas que constituyen hábitats de especies animal y vegetal, amenazadas o en peligro de extinción /

Reservas de biosfera, formaciones geológicas y fisiográficas y las zonas estrictamente delimitadas, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico,

Lugares o zonas naturales estrictamente delimitadas

Formaciones que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la ciencia, de la conservación o de la belleza natural.

Sajama «Patrimonio Natural Bolivia» por TV Culturas está bajo la licencia de CC BY-NC-SA 4.0

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *